jueves, 23 de junio de 2016

EMBARGO CONSERVATORIO COMERCIAL

INSTANCIA SOLICITANDO AUTO PARA TRABAR EMBARGO CONSERVATORIO COMERCIAL 

AL :  Honorable Juez Presidente del Tribunal de Primera Instancia de la _______________________ del Distrito Judicial de ______________________, en sus atribuciones COMERCIALES. 

ASUNTO : Solicitud de AUTO de AUTORIZACIÓN para trabar EMBARGO CONSERVATORIO COMERCIAL sobre bienes muebles propiedad de __________________ . 

DE : ____________________________ 

ABOGADO : ____________________________ 

HONORABLE MAGISTRADO: 


Quien suscribe, ___________________________, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.________________, con estudio profesional abierto en la calle _________________ No._____, del sector ________, de esta ciudad de ___________________, quien actúa a nombre y representación del señor ___________________, de nacionalidad_____________, mayor de edad, de ocupación ___________________, portador de la cédula de identidad y electoral No.__________________, con domicilio en la calle _________________ No._____, del sector ________, de esta ciudad de ___________________, muy respetuosamente tiene a bien exponeros lo siguiente: 

ATENDIDO: A que __________________  ha aceptado debidamente una letra de cambio a favor de ____________________, por valor de __________________, con vencimiento en fecha ______________________. 

ATENDIDO: A que dicha letra de cambio es regular en cuanto a la forma y el fondo. 

ATENDIDO: a que en fecha _____________________, por acto instrumentado por el ministerial ___________________ , debidamente registrado. Dicha letra de cambio fue protestada conforme a la ley. 

ATENDIDO: a que en atención a las disposiciones del artículo 172 del Código de Comercio, el portador de una letra de cambio protestada puede, con permiso del juez competente, embargar los bienes muebles del librador, aceptantes y endosantes. 

ATENDIDO: a que el juez no puede  exigir fiador ni solicitar justificación de solvencia  a cargo del acreedor. 

ATENDIDO: a que la ordenanza que se dicte autorizando el embargo es ejecutoria provisionalmente, no obstante oposición o apelación, de acuerdo a las prescripciones del artículo 417 del Código de Procedimiento Civil. 

ATENDIDO: a que en esta medida tiene mucho interés el impetrante, pues con ella se tiende a evitar que el deudor haga desaparecer sus mercancías. 


POR TALES MOTIVOS, muy respetuosamente os solicitamos, 

PRIMERO:  que autoricéis, en la forma que dispone la ley, a embargar conservatoriamente los bienes muebles, efectos mobiliarios y mercancías pertenecientes a _______________; 

SEGUNDO: que declaréis ejecutorio vuestra ordenanza, no obstante recurso de oposición o apelación. 

ES JUSTICIA QUE SE OS PIDE Y ESPERA MERECER, en la ciudad de __________________, República Dominicana, hoy día __________________ del mes de __________________ del año __________________. 



________________________ 
ABOGADO 

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