INSTANCIA SOLICITANDO AUTO PARA TRABAR EMBARGO CONSERVATORIO COMERCIAL
AL : Honorable Juez Presidente del Tribunal de Primera Instancia de la _______________________ del Distrito Judicial de ______________________, en sus atribuciones COMERCIALES.
ASUNTO : Solicitud de AUTO de AUTORIZACIÓN para trabar EMBARGO CONSERVATORIO COMERCIAL sobre bienes muebles propiedad de __________________ .
DE : ____________________________
ABOGADO : ____________________________
HONORABLE MAGISTRADO:
Quien suscribe, ___________________________, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.________________, con estudio profesional abierto en la calle _________________ No._____, del sector ________, de esta ciudad de ___________________, quien actúa a nombre y representación del señor ___________________, de nacionalidad_____________, mayor de edad, de ocupación ___________________, portador de la cédula de identidad y electoral No.__________________, con domicilio en la calle _________________ No._____, del sector ________, de esta ciudad de ___________________, muy respetuosamente tiene a bien exponeros lo siguiente:
ATENDIDO: A que __________________ ha aceptado debidamente una letra de cambio a favor de ____________________, por valor de __________________, con vencimiento en fecha ______________________.
ATENDIDO: A que dicha letra de cambio es regular en cuanto a la forma y el fondo.
ATENDIDO: a que en fecha _____________________, por acto instrumentado por el ministerial ___________________ , debidamente registrado. Dicha letra de cambio fue protestada conforme a la ley.
ATENDIDO: a que en atención a las disposiciones del artículo 172 del Código de Comercio, el portador de una letra de cambio protestada puede, con permiso del juez competente, embargar los bienes muebles del librador, aceptantes y endosantes.
ATENDIDO: a que el juez no puede exigir fiador ni solicitar justificación de solvencia a cargo del acreedor.
ATENDIDO: a que la ordenanza que se dicte autorizando el embargo es ejecutoria provisionalmente, no obstante oposición o apelación, de acuerdo a las prescripciones del artículo 417 del Código de Procedimiento Civil.
ATENDIDO: a que en esta medida tiene mucho interés el impetrante, pues con ella se tiende a evitar que el deudor haga desaparecer sus mercancías.
POR TALES MOTIVOS, muy respetuosamente os solicitamos,
PRIMERO: que autoricéis, en la forma que dispone la ley, a embargar conservatoriamente los bienes muebles, efectos mobiliarios y mercancías pertenecientes a _______________;
SEGUNDO: que declaréis ejecutorio vuestra ordenanza, no obstante recurso de oposición o apelación.
ES JUSTICIA QUE SE OS PIDE Y ESPERA MERECER, en la ciudad de __________________, República Dominicana, hoy día __________________ del mes de __________________ del año __________________.
________________________
ABOGADO
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